Herencias intestadas en RD: Cómo reclamar tus bienes familiares desde el extranjero

Cuando un familiar fallece en la República Dominicana sin dejar un testamento válido, los bienes inmuebles, cuentas bancarias o vehículos entran en un estado jurídico conocido como herencia intestada o ab-intestato.

Para los miembros de la diáspora, esta situación suele convertirse en una fuente de preocupación, ante el temor de perder el patrimonio familiar por no encontrarse físicamente en el país para realizar los trámites.

En Zeresan Consulting, entendemos las complejidades del Código Civil dominicano y de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

A continuación, le explicamos los pasos esenciales para regularizar y reclamar legalmente una herencia familiar desde el extranjero.

1. LA DETERMINACIÓN DE HEREDEROS

El primer paso legal es la obtención de un acto notarial de notoriedad (o la declaración de herederos), donde se identifican formalmente a las personas con derecho legal a heredar.

Para avanzar este proceso desde el extranjero, los herederos que residen fuera (por ejemplo, en ciudades como Nueva York) pueden otorgar un poder consular debidamente firmado ante el consulado dominicano.

Este poder faculta a nuestra firma legal para representarlos formalmente ante las autoridades locales.

2. DOCUMENTACIÓN INDISPENSABLE

Para iniciar la liquidación de la herencia, es obligatorio recopilar una serie de documentos oficiales en la República Dominicana:

  • Actas de nacimiento de todos los hijos biológicos o reconocidos. 
  • Acta de matrimonio de los cónyuges (si aplica).

  • Acta de defunción oficial del fallecido.

  • Títulos de propiedad de los inmuebles, matrículas de vehículos y certificaciones bancarias de los fondos disponibles.

3. EL PAGO DE IMPUESTOS ANTE LA DGII

Uno de los puntos más críticos del proceso es la Declaración Jurada de Sucesiones, la cual debe presentarse ante la DGII dentro de (los 90 días), posteriores al fallecimiento (con posibilidad de solicitar una prórroga legal).

El Estado dominicano aplica un impuesto del (3%), sobre la masa hereditaria neta (el valor total de los bienes tras deducir las deudas permitidas por ley).

Cumplir con este pago es un requisito obligatorio antes de que el Tribunal de Tierras o el registro correspondiente autorice la transferencia definitiva de los títulos de propiedad a nombre de los nuevos herederos.

“RESUELVA LA TRANSFERENCIA DE SU PROPIEDAD CON PROFESIONALES”

En Zeresan Consulting, nos encargamos de simplificar todo el proceso de herencia.

Nos ocupamos desde la recopilación de los títulos y certificaciones de pérdida, hasta la liquidación de impuestos ante la DGII y la partición amigable de los bienes, permitiéndole proteger su patrimonio familiar sin la necesidad de realizar costosos viajes de emergencia.

¿Tiene un caso de herencia pendiente o propiedades familiares que desea regularizar en la República Dominicana?

Visite nuestra sección de contactos en zeresanconsulting.com, para programar una consulta virtual directa y confidencial con nuestros abogados especialistas.

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